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Solicitudes

Vamos a conocer la información básica para poder tramitar tanto el grado de discapacidad como la situación de dependencia.

En primer lugar, para solicitar grado de discapacidad, la persona tiene que tener limitaciones físicas, psíquicas, intelectuales o sensoriales que afecten de manera significativa a su vida diaria, laboral o social.

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Las principales situaciones son:

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Por motivos de salud física o sensorial

Enfermedades crónicas (ej. diabetes con complicaciones, cardiopatías, insuficiencia renal…).

Trastornos musculoesqueléticos o neurológicos (ej. lesiones medulares, esclerosis múltiple, artrosis avanzada).

Pérdida parcial o total de visión, audición o del habla.

Secuelas permanentes tras accidentes o enfermedades (ej. amputaciones, traumatismos).

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Por motivos de salud mental o intelectual

Trastornos mentales graves (ej. esquizofrenia, trastorno bipolar, depresión mayor resistente).

Discapacidad intelectual (leve, moderada, grave).

Trastornos del espectro autista (TEA).

Por combinación de varias patologías.

A menudo no es una única enfermedad, sino el conjunto de varias que limitan la autonomía y la capacidad de trabajar o relacionarse.

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¿Qué se valora?

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El Equipo de Valoración y Orientación (EVO) tiene en cuenta:

Informes médicos actualizados.

Limitaciones en la vida diaria (autonomía personal, movilidad, comunicación, aprendizaje…).

Impacto social y laboral.


El resultado es un grado de discapacidad expresado en porcentaje:

33% o más → se considera persona con discapacidad (da acceso a beneficios laborales, sociales, educativos, fiscales…).

65% o más → acceso a mayores prestaciones (ayuda de tercera persona, pensiones no contributivas de invalidez…).

¿Quiénes pueden solicitarlo?

Personas con discapacidad física, mental, intelectual, del desarrollo, sensorial, enfermedad rara u otras condiciones similares.

Debes estar empadronado/a en un municipio de la Comunidad de Madrid y ser residente legal en España .

Documentación necesaria

A aportar o que la Comunidad de Madrid puede consultar electrónicamente:

Documentos de identificación: DNI/NIE del solicitante (y del representante legal, si aplica), certificado de empadronamiento .

Informes médicos y/o psicológicos actualizados que acrediten la discapacidad (no se deben entregar historiales clínicos completos ni archivos electrónicos tipo USB) .

Libro de familia (para menores) y, si procede, acreditación de representación legal .

La Comunidad también podrá consultar el historial clínico del Servicio Madrileño de Salud .

¿Dónde y cómo presentarlo?

a) Vía telemática (recomendada)

1. Accede a la sede electrónica de la Comunidad de Madrid y busca el trámite de reconocimiento del grado de discapacidad (referencia 509) . Pincha aquí


2. Completa el formulario en línea. Puedes guardarlo y retomarlo si necesitas más tiempo .


3. Envíalo junto con los documentos requeridos.


4. Elige el medio de notificación: por notificación electrónica (sistema de notificaciones) o por correo certificado .


5. Podrás consultar el estado del expediente, aportar documentos adicionales y recibir comunicaciones desde el servicio habilitado .

b) Vía presencial

Solicita cita previa online para acudir a tu Centro Base de atención a personas con discapacidad .

También puedes presentar la solicitud en registros públicos (Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, ventanilla única, ayuntamientos adheridos, Correos, etc.) .

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Tu documentación será revisada; si falta algo se te notificará para subsanarlo en un plazo de 10 días .

Se realizará una evaluación por el tribunal médico/social en el Centro Base.

Finalmente, se emitirá una resolución concediendo o denegando el grado de discapacidad y, si lo supera, recibirás la tarjeta acreditativa (física o electrónica) .

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La ley establece un plazo máximo de seis meses. Sin embargo, en la práctica están sufriendo retrasos importantes:

Actualmente hay más de 19 000 personas en lista de espera; en algunos casos, la espera supera los dos años .

El tiempo medio actual ronda 310 días, aunque la Consejería ha ampliado equipos de valoración para tratar de reducirlo .

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 ¿Cuál es el plazo para la resolución?

Para solicitar la situación de dependencia en la Comunidad de Madrid

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La solicitud de la situación de dependencia permite acceder al Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD), obteniendo servicios como ayuda a domicilio, teleasistencia, centros de día, residencias o prestaciones económicas .

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Requisitos principales:

Necesidad de ayuda para realizar actividades básicas de la vida diaria (por edad, enfermedad o discapacidad) .

Residencia legal en España durante al menos 5 años, incluyendo los 2 inmediatamente anteriores a la solicitud .

Estar empadronado en la Comunidad de Madrid al presentar la solicitud .

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Modalidades de presentación:

Telemáticamente: A través de la sede electrónica de la Comunidad de Madrid, utilizando un certificado digital reconocido . Pincha aquí

Presencialmente: En el centro de servicios sociales del municipio de residencia o en registros oficiales (como en C/ Agustín de Foxá, 31 o C/ O'Donnell, 50) .


El trámite es gratuito y no requiere el pago de tasas .

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Según fuentes oficiales y guías complementarias:

1. Modelo de solicitud oficial cumplimentado, disponible en los centros sociales o en la web de la Comunidad de Madrid .


2. Informe médico reciente, preferiblemente elaborado por profesionales de salud (médico y/o enfermero) .


3. DNI, NIE o pasaporte del solicitante (y del representante si procede) .


4. Certificado de empadronamiento actual y certificado o justificante de residencia en España durante los últimos 5 años (con al menos 2 años ininterrumpidos antes de la solicitud) .


5. En caso de menores de 5 años, se considerará la residencia de quien ejerza la guarda o custodia .

 

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Centro de Servicios Sociales correspondiente a tu domicilio: puedes pedir cita previa llamando al 010 (o al 914 800 010 desde fuera de Madrid) o vía online .

Oficina de Información al Mayor y a la Dependencia:

Dirección: C/ Agustín de Foxá, 31, Madrid.

Horario presencial: lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 h.

Teléfono: 012, opción Dependencia, disponible de 9:00 a 17:00 h .

 


 

Tras registrar la solicitud y verificar que está completa, la Dirección General de Atención al Mayor y a la Dependencia coordinas una visita para la valoración socio-sanitaria en el domicilio del solicitante .

Para menores de 3 años, la valoración se realiza en el Centro Regional de Coordinación y Valoración Infantil (CRECOVI) mediante la Escala de Valoración Específica (EVE) .


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Si tu situación mejora o empeora, puedes solicitar la revisión del grado de dependencia, presentando nuevos informes médicos que justifiquen los cambios .

Debes comunicar cualquier cambio relevante en tus datos dentro de los 15 días siguientes a su ocurrencia .

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¿Cómo se inicia el tramite?

¿Qué documentos necesitas?

¿Dónde acudir para informarte o entregar la solicitud?

Valoración y resolución

Revisión del grado de dependencia

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